Gobierno de Pereira cumple con las decisiones judiciales y garantiza el derecho a la educación.
El alcalde de Pereira, Carlos Alberto Maya López, presidió una mesa técnica para socializar las acciones de apoyo que ha otorgado el Gobierno de la Ciudad al Colegio Cooperativo, ante la situación que se viene presentando desde que se notificó la terminación del contrato de comodato de la infraestructura, que es un bien inmueble del Municipio, donde actualmente opera la Institución Educativa Alfonso Jaramillo Gutiérrez.
En esta reunión hizo presencia el rector y representantes al Consejo Directivo de la Institución Educativa Alfonso Jaramillo Gutiérrez, así como el rector del Colegio Cooperativo y el representante de los padres de familia, mesa en la que también se contó con el acompañamiento de la Personera Delegada en Educación, la Defensoría del Pueblo, las secretarías de Educación y Jurídica y la Dirección de Bienes Inmuebles del Municipio.
En este espacio se brindaron claridades sobre el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda, que desde la sala cuarta confirmó la sentencia de primera instancia, proferida por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Pereira, denegando las pretensiones COOEDUR frente a la administración municipal de afectación al derecho a la educación y vulneración de derechos colectivos y reconocimiento del inmueble como parte de la Institución Educativa Alfonso Jaramillo Gutiérrez.
Entendiendo la situación, la Alcaldía de Pereira ha venido ofreciendo diferentes alternativas al Colegio Cooperativo, a fin de minimizar la afectación de los 438 estudiantes y 40 personas que laboran como docentes y administrativos, las cuales han sido rechazadas por las directivas, el representante legal y la comunidad del Colegio Cooperativo.
Estas han sido las alternativas propuestas por el Gobierno de Pereira:
Prorrogas del contrato de comodato desde su finalización en el año 2020.
Propuesta de entrega en comodato de un lote ubicado en el corregimiento de La Palmilla, propiedad del municipio, para la construcción de una nueva sede del Colegio Cooperativo.
Disponibilidad de cupos en otras sedes educativas de la ciudad, cercanas a los lugares de residencia de los estudiantes del Colegio Cooperativo o de la preferencia de la comunidad de estudiantes, validando que la matricula oficial del municipio es de puertas abiertas.
Apoyo a la gestión para la consecución de un inmueble que pueda ser asumido en alquiler por parte del Colegio Cooperativo.
Desde la Secretaría de Educación se continuará realizando mesas técnicas con el gerente de la Cooperativa de Educación de Risaralda Ltda. y el rector del Colegio Cooperativo, ofreciendo su apoyo y siendo garantes del derecho a la educación de los estudiantes.
Procesos judiciales interpuestos por Cooedur contra el Municipio
9 de octubre de 2020: La Cooperativa de Educación de Risaralda Ltda. radicó petición especial para el cumplimiento del Acuerdo Municipal No. 063 de 1988, la cual fue negada.
30 de noviembre de 2020: COOEDUR presentó demanda ante el Juzgado Cuarto Administrativo de Risaralda en contra del Municipio de Pereira, tendiente a obtener el cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Municipal No. 063 de 1988.
1 de diciembre de 2020: Dos Acciones Populares interpuestas por un estudiante y otra por COOEDUR, ante el Juzgado Segundo Administrativo de Risaralda contra el Municipio de Pereira, alegando trasgresión de los derechos colectivos al acceso al servicio público de educación y cumplimiento del Acuerdo Municipal No. 063 de 1988.
12 de enero de 2021: El Juzgado Cuarto Administrativo de Risaralda emitió fallo negando las pretensiones de la demanda, por improcedencia del medio de control de cumplimiento.
3 de febrero de 2021: El Juzgado Segundo Administrativo de Risaralda decretó nulidad de la Acción Popular interpuesta el 1 de diciembre de 2020.
5 de febrero de 2021: El Tribunal Administrativo de Risaralda, Sala Cuarta de Decisión, confirmó la sentencia proferida el 12 de enero de 2021 por el Juez Cuarto Administrativo del Circuito de Pereira.
8 de noviembre de 2021: Presentación de Controversia Contractual por parte de COOEDUR ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda contra el Municipio de Pereira, con la pretensión de la existencia, vigencia, obligatoriedad y vinculatoriedad del contrato de comodato suscrito a través de la escritura pública No.1596 de 1989, en la que se afirma, que la entidad territorial incumplió al dar por terminado el contrato de manera anticipada.
24 de junio de 2022: El Juzgado Tercero Administrativo de Risaralda emitió fallo en primera instancia denegando las pretensiones hechas por COOEDUR.
9 de febrero de 2023: El Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda admite la demanda de reconvención de controversias contractuales presentada por el Municipio de Pereira contra COOEDUR, con el fin de que se declare la validez del contrato de comodato No.5423 de 2015, así como la terminación del contrato a partir del 30 de diciembre de 2020 y el incumplimiento contractual por parte de la Cooperativa de Educación de Risaralda por falta de entrega del bien inmueble y se ordene la restitución del mismo.
8 de junio de 2023: La Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo de Risaralda emitió fallo en segunda instancia, confirmando la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Pereira, mediante providencia del 24 de junio de 2022.
Procesos administrativos sobre el contrato de comodato
27 de octubre de 1994: Mediante escritura pública No.2524 de la Notaría Tercera del Círculo de Pereira se modificó el plazo del comodato a 5 años prorrogables, acordado por las partes de forma voluntaria (Alcaldía de Pereira y Cooedur), en cumplimiento del artículo 38 de la Ley 9 de enero 11 de 1989 del Gobierno Nacional.
2009: Contrato de comodato No.1939 de la Alcaldía de Pereira, para prórroga hasta el 29 de diciembre de 2010.
2010: Contrato de comodato No.2367 de la Alcaldía de Pereira, para prórroga hasta el 29 de diciembre de 2015.
2015: Contrato de comodato No.5423 de la Alcaldía de Pereira, para prórroga hasta el 29 de diciembre de 2020.
22 de julio de 2020: Comunicación de la Administración Municipal de la no renovación del contrato de comodato, argumentando necesidades educativas como la ampliación de la Jornada Única de la Institución Educativa Alfonso Jaramillo, para el fortalecimiento del proyecto de bilingüismo y demás actividades académicas y pedagógicas del Proyecto Educativo Institucional.
Historia creación del Colegio Cooperativo
3 de diciembre de 1975: COOEDUR, cooperativa creada para administrar el Colegio Cooperativo, obtuvo personería jurídica. En el mismo año se fundó el colegio y el Municipio de Pereira asignó la sede de la Institución Educativa Instituto Técnico Superior, jornada nocturna, para su funcionamiento.
5 de diciembre de 1988: Mediante el Acuerdo 063 del Concejo Municipal se autorizó al Alcalde de Pereira ceder en comodato por 99 años, un lote del municipio, de 7 mil metros cuadrados en el barrio Los Corales, para la construcción del colegio Cooperativo.
10 de mayo de 1989: Mediante la escritura pública No.1596 de la Notaría Tercera de Pereira se realizó el contrato de entrega de comodato del bien inmueble por término de 99 años.
1995: La Alcaldía de Pereira ofreció las instalaciones de la Institución Educativa Rafael Uribe para el funcionamiento del Colegio Cooperativo, de forma temporal, luego de que el sismo del 8 de febrero derrumbó la planta física del Instituto Técnico Superior jornada nocturna.
14 de julio de 1996: El Colegio Cooperativo se trasladó a la infraestructura finalizada con apoyo de la Alcaldía de Pereira, denominada Unidad Docente San Joaquín, en el lote ubicado en el barrio Los Corales. En contraprestación y en común acuerdo, el Colegio Cooperativo operaría en la jornada de la mañana.
En 1997 la I.E. Alfonso Jaramillo Gutiérrez inició operación en este complejo en jornada de la tarde.