En primera instancia, Tribunal Administrativo de Risaralda falla a favor de la legalidad el cobro de peaje Cerritos II

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El fallo del Tribunal Administrativo de Risaralda determinó que no es ilegal el cobro del peaje pese a que, a través de una acción popular, se buscó impedir y suspender de forma inmediata el cobro de la tarifa del peaje Cerritos II, administrado por Invías.

Gracias a esto, el Instituto puede financiar las obras de infraestructura vial, el mantenimiento y la atención de emergencias, entre otras actividades, para garantizar la óptima operación de la red vial nacional.

El Tribunal decidió negar las pretensiones al considerar que el funcionamiento y/o creación de un peaje no depende de la suscripción de un contrato de concesión de infraestructura vial, por ello expresó: “En la actualidad se están realizando todas las actividades legales pertinentes para la ejecución del programa ‘Vías del Samán’, cuyo propósito es la construcción, mejoramiento y mantenimiento de 347 kilómetros de vía, no existiendo prueba de una destinación indebida de los dineros recaudados o de un mayor valor obtenido y no invertido en la infraestructura de la vía”.

De esta manera, el Instituto Nacional de Vías Invías, actúa dentro del marco de la legalidad en beneficio de las comunidades y las necesidades del país.

Imagen Invías

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