En Pereira, las autoridades de tránsito tuvieron que suspender el uso de una tecnología para identificar conductores sin soat y revisión técnico mecánica porque les faltaba la licencia para utilizarla
El fallo emitido por el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Pereira, obliga al Instituto de Movilidad a suspender el uso de cámaras utilizadas para imponer comparendos a conductores con SOAT vencido o sin revisión técnico-mecánica.
La medida fue el resultado de una tutela presentada por la abogada Paula Carvajal, especialista en propiedad industrial, derechos de autor y nuevas tecnologías.
Carvajal inició acciones legales tras detectar irregularidades en el uso de tecnología para estas sanciones.
Cual fue el Fallo judicial y suspensión de las cámaras
Según la respuesta del Instituto de Movilidad, las cámaras en cuestión habían sido suspendidas desde el 22 de octubre. Sin embargo, este fallo pone en evidencia posibles incumplimientos legales por parte de la entidad.
Carvajal señaló que el uso de estas herramientas sin licencias válidas podría constituir delitos bajo el Código Penal, como el uso indebido de propiedad intelectual y contratación sin el cumplimiento de requisitos legales.
El fallo deja en suspenso las multas impuestas por estas cámaras, generando interrogantes sobre la validez de las sanciones previas y los procedimientos futuros. Asimismo, subraya la necesidad de que las entidades públicas cumplan con los requisitos legales en la implementación de tecnologías de control.
Verifiqué si la alcaldía y el Instituto de Movilidad tenían las licencias para utilizar estos procesos tecnológicos y descubrí que no las tenían. Tras solicitar información oficial y no recibir respuesta, interpuse la tutela explicó la abogada Carvajal.
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