El Régimen Preferencial se adopta por medio del Acuerdo 1083 de 2021 y es reglamentado bajo la Resolución 017 del 2021.
A partir del primero (1) de enero de 2024, a los contribuyentes clasificados en el Régimen Preferencial se les empezará a facturar el impuesto de Industria y Comercio de la vigencia 2023. Esta facturación se realizará en base a la declaración privada realizada en el 2023 por el contribuyente sobre los ingresos percibidos en el año 2022.
Requisitos
Formarán parte de este Sistema Preferencial los declarantes que cumplan dos requisitos:
Que pertenezcan al Régimen Simplificado de IVA.
Que sus ingresos brutos de la vigencia a declarar y su año inmediatamente anterior no superen las 827 UVT.
Beneficio del Régimen Preferencial
Los contribuyentes no tendrán que presentar declaraciones o pagar por la elaboración de las mismas; tampoco recibirán sanciones por extemporaneidad o corrección, debido a que la Alcaldía les emitirá la facturación.
Dato de interés
Quienes inicien actividades o declaren por primera vez NO podrán pertenecer al Sistema Preferencial y deben presentar la declaración. No obstante, podrán solicitar a la Alcaldía de Manizales su inclusión.
Quienes cesen sus actividades deberán presentar las declaraciones de los años no facturados. Este sistema se estableció en el Estatuto de Rentas (Acuerdo 1083 de 2021, Art 52 y 53). Puede descargarlo a través de https://drive.google.com/file/d/1meT9Kffjd315eiOl4vIbJFyalVyo1CW8/view