Se socializa las 13 infracciones que quedan vigentes, para que no le inmovilicen su motocicleta 

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A continuación encontrará claridad sobre la validación de la ‘Ley de Igualdad Sancionatoria para motos y carros’ por ejemplo en Dosquebradas, la nueva normativa sancionada modifica la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito), que elimina la inmovilización de motos por infracciones ‘menores’. 

Si bien es cierto que la ‘Ley de Igualdad Sancionatoria para motos y carros’, dejó por fuera una gran cantidad de infracciones llamadas ‘menores’, en ese listado quedaron vigentes 13 obligaciones, que al no ser acatadas por los conductores de motocicletas les dará imposición de medida de inmovilización. 

“Lo que buscamos con esta información es brindarles a los conductores de motos y carros claridad veraz y oportuna, porque es muy probable que la Ley sancionada genere cierta ambigüedad en la aplicación de la normatividad, empezando porque la Ley no elimina la inmovilización, racionaliza las infracciones y las deja en firme”, indicó el secretario de Tránsito y Movilidad de Dosquebradas, Yeison Palacio. 

Entre las infracciones que dejó en firme la mencionada Ley, se mencionan: 

1. No tener SOAT vigente.

2. No tener vigente RTM.

3. Conducir sin portar la Licencia.

4. Conducir en estado de embriaguez.

5. Conducir en Pico y Placa.

6. Ir sin luces.

7. Placa ilegible.

8. No llevar espejos.

9. Abandono.

10. Conducir sin tener Licencia de Tránsito.

11. Por cambio de servicio.

12. Transitar por carriles exclusivos. 

“Invitamos a todos los conductores de motocicletas para que acaten estas medidas, porque como se mencionó anteriormente, las sanciones y las inmovilizaciones se seguirán realizando por parte de los agentes de Tránsito”, comentó Yeison Palacio. 

En Dosquebradas se han sancionado más de 800 conductores por no tener licencia de conducción antes de la nueva normativa.

Imagen suministrada


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