Contraloría General de la República abrió proceso de responsabilidad fiscal por Las Tablitas-San Marcos

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Se abre investigación, dado que la vía Las Tablitas- San Marcos tiene un avance del 20 %

Un año y dieciocho días, después de haber detectado un millonario hallazgo fiscal superior a los $18 mil millones en la ejecución de la vía Las Tablitas- San Marcos, la Contraloría Delegada Intersectorial para la Responsabilidad Fiscal de los Recursos del Sistema General de Regalías, de la Contraloría General de la República, abrió un proceso de responsabilidad fiscal a funcionarios actuales y exfuncionarios de la administración departamental.

Es así que la investigación fiscal recae contra el gobernador de Sucre, Héctor Olimpo Espinosa Oliver; el secretario de Infraestructura de Sucre, Saúl Martínez Pineda, el exgobernador Édgar Martínez Romero, y el exsecretario de Infraestructura Antonio Peralta Sánchez.

Asimismo, cobija a los integrantes del «Consorcio Megavias 018», Sergio Acero Álvarez, contratista.

Además, a Gran Colombia de Infraestructura y Construcciones, representado por Gloria Osorio Tamayo. También M y M Ingeniería y Construcciones S.A.S, con su representante legal, Katherine González Oliva.

Igualmente, a la Macuira Inversiones y Construciones, representada por Dario Cohen Barros y KHB Ingeniería, representado por Joaquín Ríos Ayola.

Otros presuntos responsables

Los integrantes del Consorcio Vial TMS, representado por Hugo Alfredo Posso Moncada, que ejerce la interventoría y sus otros integrantes: Grupo Posso S.A.S, Hugo Alfredo Posso Prado y Consultores Interventores Colombianos S.A.S , representado por Javier Alejandro Baquero.

Por último y como terceros civiles responsables, tendrán que responder las compañías de seguros Aseguradora Seguros del Estado y Seguros Generales Suramericana.

La primera amparó el contrato de la obra (Las Tablitas- San Marcos, por valor de $59.942.180.631 y la segunda el de Consultoría, que aseguró $ 8.243.903.976

La responsabilidad la abrieron inicialmente por una cuantía estimada de $17.596.116.021.

La apertura de este proceso fiscal contra estas personas se hizo mediante auto 1895, que contiene 61 páginas, de las cuales señalan que la investigación se originó con sustento en la auditoría adelantada por la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías, de la Contraloría General de la República, en el departamento de Sucre, con ocasión de los hechos presuntamente irregulares presentados en la ejecución del contrato de mejoramiento en asfalto de la vía Las Tablitas- San Marcos, por un valor de $149.885.451.578.000, con un tiempo de ejecución de 24 meses.

Esa auditoría arrojó los hallazgos, cuya entidad afectada es el departamento de Sucre, por ello el contralor general, Carlos Felipe Córdoba, ordenó el traslado de las presuntas anomalías a la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías.

Uno de los hallazgos es la incapacidad técnica, operativa y financiera, por el bajo avance físico frente al avance financiero y el tiempo de ejecución transcurrido a la fecha, por lo tanto, se configuró una observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria, penal y fiscal por valor de $18.407.020.039 que corresponde a los recursos cancelados por concepto de anticipo y que no fueron aprobados por la interventoría un año después de girados los recursos.

Por lo anterior, señala la Contraloría que para «el despacho es claro la existencia de un daño patrimonial, a las arcas del departamento de Sucre, representado en la pérdida de los recursos de regalías invertidos, por una parte, como lo indicó inicialmente el grupo auditor, en el contrato de obra suscrito por el departamento de Sucre y el Consorcio Mega Vías 018, con tiempo de ejecución de 24 meses, de donde se desprendió el hallazgo fiscal …».

Por lo anterior, y teniendo en cuenta las presuntas irregularidades presentadas en la ejecución del contrato, existe para la Contraloría indicios de que no se ha cumplido con el objeto contractual, y no se cumplió con la presentación de los soportes suficientes para amortizar el total del anticipo, a más de 24 meses después del inicio del contrato y del giro del anticipo.

Agregó que «la labor adelantada por la Administración departamental, por parte del ordenador del gasto, quien inició suscribiendo los contratos y posteriormente a través de los funcionarios de la administración que ejercieron como supervisores de dichos contratos, no hubo una correcta ejecución de los mismos, por el contrario, su labor se puede calificar como deficiente, negligente y omisiva, pues resulta notorio que no se ejerció vigilancia, control y seguimiento a su ejecución, siendo una labor ineficiente e ineficaz».

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