Instituto de Movilidad informa beneficios para deudores de multas de Tránsito

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Con esta condición especial de pago o amnistía en Pereira, se verán beneficiados cerca de 60 mil deudores de multas por infracciones de tránsito.

En el cumplimiento de la ley 2155 del 14 de septiembre del año 2021, referente a las condiciones especiales de pago de infracciones a normas de tránsito, el Instituto de Movilidad de Pereira, informa a todos los deudores los descuentos para multas exigibles antes del 30 de junio de 2021, los cuales deberán ser reliquidados en las instalaciones de la entidad y tendrán derecho a unas condiciones especiales de pago.

El director del Instituto de Movilidad (E) Andrés Vanegas, explicó cómo aplican los descuentos y las opciones de pago: Descuentos por multas de tránsito en vehículos: -Pagará solo el 50% del capital sin interés de mora.

Vigencia para realizar el pago es del 14 de septiembre de 2021 al 13 de mayo de 2022.
-Pagará solo el 80% del capital sin interés de mora.

Vigencia para realizar el pago del 14 de mayo de 2022 al 14 de septiembre de 2022.
Descuentos por multas de tránsito en motocicletas:
-Pagará solo el 20% del capital sin interés de mora. Vigencia para realizar el pago: del 14 de septiembre de 2021 al 13 de marzo de 2022.

-Pagará solo el 40% del capital sin interés de mora.
Vigencia del 14 de marzo del 2022 al 13 de mayo de 2022. -Pagará solo el 60% del capital sin interés de mora.

Vigencia del 14 de mayo de 2022 al 14 de septiembre de 2022.
Se recuerda a todos los ciudadanos que acogerse a estos descuentos les permitirá mejorar su situación financiera, crediticia y, así mismo, poder realizar trámites que requieren estar a paz y salvo con la entidad.

Las condiciones de pago también se verán reflejadas mediantes los pagos en línea a través de la plataforma www.movilidadpereira.gov.co.
Así mismo se recuerda que los deudores se pueden acercar a las oficinas del Instituto de Movilidad de Pereira, de lunes a viernes, entre las 8:00 a. m. y las 4:45 p. m.

• Dato de interés
Los descuentos no aplican para comparendos por conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.

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